“Lo contrario, significaría sujetar a la justicia constitucional a toda emergencia suscitada, tanto en procedimientos
“Lo contrario, significaría sujetar a la justicia constitucional a toda emergencia suscitada, tanto en procedimientos administrativos como judiciales, con los cuales no estén conformen las partes intervinientes, lo que no necesariamente implica vulneración de derechos y garantías que amerite la activación de las acciones de defensa que reconoce la Ley Fundamental, tomando en cuenta que el art. 109.I, de la CPE dispone: ‘Todos los derechos reconocidos en la Constitución son directamente aplicables y gozan de iguales garantías para su protección”; constituyendo las acciones de defensa, garantías destinadas a efectivizar el ejercicio pleno de derechos y demás garantías reconocidos, razón por la cual, los hechos denunciados deben necesariamente involucrar la vulneración material de los mismos”
- Escalante
- Proceso: Reivindicación, mejor derecho propietario y otros
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Teodora Huayta Vda
- Por consiguiente, no se vulneró ningún derecho ni garantía constitucional, menos el derecho de defensa
- Solicitaron anular el Auto de Vista de 15 de julio de 2019, disponiendo se dicte
- De la respuesta al recurso de casación
- Franz Acarapi Escalante y Gloria Quenta Vda
- Expresó que la orden de citación personal a Gloria Quenta, emanada de la Resolución Nº
- Respuesta de Gloria Quenta Vda. de Cerda
- Refiere que las demandantes no objetaron y aceptaron tácitamente la resolución Nº 59/2018 de 7
- III.1. De la nulidad procesal, su trascendencia y relevancia constitucional
- Actualmente al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se trata
- En este sentido, Eduardo J
- De dicho antecedente, se infiere que “no hay nulidad sin perjuicio”, en ese sentido la
- En efecto, en el Estado Legislativo de Derecho, para la procedencia de las nulidades de actos
- En cambio en el Estado Constitucional de Derecho, la procedencia de las nulidades de actos procesales,
- Bajo esta concepción, las nulidades de los actos procesales serán procedentes cuando se constate irregularidades, infracciones o
- En ese orden, estos dos fenómenos, no pueden tener consideración separada por los jueces, en una
- En este sentido, la SCP Nº 1062/2016-S3 de 3 de octubre de 2016, señaló: “Sobre
- “Lo contrario, significaría sujetar a la justicia constitucional a toda emergencia suscitada, tanto en procedimientos
- III.2. De los principios que rigen las nulidades procesales
- La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
- Por otra parte, el art
- En correspondencia con lo normado por la Ley Nº 025, el Código Procesal Civil -Ley
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en su diversos fallos, entre ellos el Auto
- Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces Vocales y
- III.3. De la nulidad procesal en segunda instancia
- Sobre el tema el art
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- A tal efecto, el Juez de la provincia Guaqui en el departamento de La Paz
- Asimismo, tanto Gloria Quenta Quispe Vda
- Con base en lo expuesto, se puede determinar que la nulidad establecida por parte del
- Consiguientemente, corresponde referir que de acuerdo a lo delineado en el punto III relativo a la
- Resultando la decisión asumida errada porque no tomó en cuenta las consideraciones establecidas en el
- De las respuestas de Franz Acarapi Escalante y Gloria Quenta Quispe Vda. de Cerda
- Por lo expuesto, corresponde emitir resolución conforme a lo establecido en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En aplicación del art
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
