Auto Supremo AS/0357/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0357/2020

Fecha: 09-Sep-2020

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs

Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 842 a 847, presentado por Teodora Huayta Carita y Eugenia Quispe Huayta, contra el Auto de Vista Nº S-385/2019 de 15 de julio, cursante de fs. 838 y vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en el proceso de reivindicación, mejor derecho propietario y otros, seguido por las recurrentes contra Franz Acarapi Escalante; las contestaciones al recurso de fs. 850 a 854 y de fs. 857 a 861., el Auto de concesión de 5 de marzo de 2020 cursante a fs. 862; el Auto Supremo de Admisión Nº 297/2020 cursante de fs. 869 a 870 vta., todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Teodora Huayta Carita y Eugenia Quispe Huayta demandaron a Franz Acarapi Escalante mediante memorial cursante de fs. 53 a 59 vta., subsanando por escritos cursantes de fs. 62 a 67, de fs.71 a 72 vta. y de fs. 76 a 77, por reivindicación, mejor derecho propietario y otros, el demandado una vez citado contestó la demanda de forma negativa, excepcionando por prescripción extintiva de la acción reivindicatoria, improcedencia e improponibilidad de la demanda y de falsedad, e interpuso demanda reconvencional por fraude procesal dentro del proceso de usucapión mediante memoriales cursantes de fs. 115 a 120 vta., y de fs. 154 a 155. Las excepciones que fueron declaradas improbadas por el juez en la audiencia preliminar mediante Auto de 25 de septiembre de 2017 cursante de fs. 227 a 233.
Gloria Quenta Quispe Vda. de Cerda por memorial cursante de fs. 216 a 218 vta., interpuso tercería de dominio excluyente argumentando haber adquirido el bien objeto de la litis mediante minuta de compra y ventas de Franz Acarapi Escalante el 3 de febrero de 2016, demostrando a la fecha ser la única propietaria del bien inmueble en litigio, tercería que fue resuelta y RECHAZADA por el Juez de Guaqui en audiencia preliminar mediante Resolución Nº 89/2017 de 3 de octubre cursante de fs. 247 y 250.
Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 60/2018 de 7 de junio, cursante de fs. 694 a 710, pronunciada por el Juez Público Mixto, Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social Sentencia Penal Nº 2 de Guaqui, Provincia Ingavi, en el departamento de La Paz, que declaró PROBADA la demanda interpuesta por Teodora Huayta Carita y Eugenia Quispe Huayta con relación al mejor derecho propietario del inmueble, y consiguiente reivindicación e IMPROBADA la demanda reconvencional de fraude procesal interpuesta por Franz Acarapi Escalante por memoriales cursantes de fs. 115 a 120 vta., y de fs. 154 a 155 de conformidad con lo dispuesto en el art. 223.III del Código Procesal Civil, salvando los derechos de la tercera Gloria Quenta Quispe Vda. de Cerda a objeto de que haga valer sus derechos en la vía llamada por ley