El art
Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 266/2014-RRC de 24 de junio, referido a la revalorización de la prueba.
Acusando la vulneración del art. 124 del CPP, afirma que el Auto de Visita impugnado contiene sólo la mención de artículos, Sentencias Constitucionales y doctrina, cuando éstos debieron estar acorde y en pertinencia al hecho concreto, lo que en su criterio no hace a que el Auto de Vista esté debidamente fundamentado, careciendo de falta de fundamentación cada uno de los considerandos, especificando los siguientes puntos: i) Sobre el cuestionamiento de la fatal de fundamentación de la absolución. ii) Respecto a la falta de oportunidad para el planteamiento de la acusación particular. iii) Sobre los recursos planteados por el acusador particular y el acusado Faustino Torrez, que a su criterio son idénticos en los defectos y petitorio. iv) Error en la transcripción del art. 413 del CPP y falta de observancia en errores de forma y fondo.
En esta base, acusa la vulneración del derecho al debido proceso en su vertiente falta de fundamentación establecido en el art. 115.II de la CPE; además, de la vulneración de los derechos a la probidad, la seguridad jurídica y la verdad material.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por Sentencia 02/2019 de 1° de febrero (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- El recurrente bajo el epígrafe de, falta de requisitos de admisibilidad al momento de plantear
- Refiriendo el incumplimiento del art
- Alegando errónea aplicación de la jurisprudencia e incongruencia en el Auto de Vista impugnado, refiere
- Bajo el epígrafe de extralimitación de su competencia, refiere que el Tribunal de alzada habría
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que, el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación al primer motivo, el recurrente refiriendo la falta de requisitos de admisibilidad al
- Con relación a todos estos motivos (primer, segundo y cuarto) y sobre las temáticas planteadas,
- Respecto al tercer motivo, el recurrente refiriendo existir extralimitación en la competencia, acusó que el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
