Auto Supremo AS/0531/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0531/2020-RA

Fecha: 17-Sep-2020

Cuando la norma señala que “Se entenderá que existe contradicción, cuando ante una situación de


Cuando la norma señala que “Se entenderá que existe contradicción, cuando ante una situación de hecho similar, el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista recurrido no coincida con el del precedente, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance”, supone que la aludida contradicción exista dentro de un Auto de Vista, es decir en la decisión que sobre un aspecto en específico haya tomado el Tribunal de apelación restringida, siendo ese mismo aspecto el que determine la existencia de tal contradicción. En autos, el recurrente plantea que el Auto de Vista que impugna incurrió en contradicción con los AASS 053/2016-RRC de 21 de enero, 256/2015-RRC de 10 de abril, 0495/2014 de 23 de septiembre y 608/2015-RRC, sosteniendo que en ellos se brindan pautas sobre el tratamiento de la Ley penal sustantiva. Con todo ello, la Sala advierte un desencuentro entre los reclamos traídos a casación toda vez que se reclama un supuesto de incongruencia omisiva con base a doctrina legal, que conforme el texto del mismo memorial de recurso, apunta al tratamiento de norma sustantiva, no cumpliendo de tal cuenta el señalamiento de contradicción vista en el art. 416 del CPP, por lo que este motivo decae en inadmisible