Auto Supremo AS/0531/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0531/2020-RA

Fecha: 17-Sep-2020

El art


“…todo comerciante que compra mercadería en Oruro a precio bajo, ‘sabe’ que las DUI’s que entregan en esa actividad son falsas y menos aun, en lo más específico, de que el acusado…por comprar mercadería barata en Oruro, conocía de la falsedad de las DUI’s que usó luego en instancia aduanera” (sic)

“…la tardía presentación de las DUI’s no es hecho atribuible al acusado, sino al mismo tracto procesal del procedimiento contravencional…mas no por ello, se podría sostener que el no haberlos presentado de modo inmediato al comiso, sino después de dos meses, es prueba de que ese tiempo sirvió para preparar las DUI’s falsas” (sic)

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP