Auto Supremo AS/0538/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0538/2020-RA

Fecha: 17-Sep-2020

Señala que el Auto de Vista 136/2020, ingresó en contradicción con la doctrina legal contenida


Invoca como precedentes contradictorios el Auto de Vista 20/09 de 26 de enero, y los AASS 743/2014-RRC de 17 de diciembre, y “438/2015 de 15 de octubre de 2005”; afirmando que la doctrina contenida “de manera coincidente impone y faculta a los jueces y tribunales de sentencia, determinar los hechos en el marco de los principios que rigen el juicio oral y público que el análisis e interpretación del significado de las pruebas y de los hechos deben ser plasmados en el fundamento de la sentencia” (sic)

Señala que el Auto de Vista 136/2020, ingresó en contradicción con la doctrina legal contenida en los AASS 529/2006 de 17 de noviembre, 239/2012-RRC de 3 de octubre y 228/2007 de 28 de marzo, por cuanto el abordaje y respuesta del motivo tercero de apelación restringida poseen argumentos inconsistentes que no responden clara, precisa y específicamente al contenido de aquel motivo; en tal sentido, la recurrente arguye que:

El tercer motivo del recurso de apelación restringida había reclamado la ausencia de motivos de hecho y derecho que sustenten la condena, precisando que la Sentencia carecía de la individualización de los elementos que contiene el tipo penal contenido en el art. 335 del CP, precisando que “el Tribunal de juicio, emite razonamiento concluyentemente tendencioso con el único propósito de forzar hechos no expuestos en la acusación fiscal, menos particular, tratando de favorecer a ultranza a la presunta víctima quien reconoció la existencia de una relación contractual de préstamo de dinero, que muy bien pudo demandar su cumplimiento en la vía civil y no penalizar como forma de coacción” (sic). Demandando además que el Tribunal de sentencia “no explico, cómo arribó a la certeza de que [su] persona hubiese aprovechado…la Vulnerabilidad de la víctima, fingiendo una falsa y desinteresada amistad…sin evidenciar el iter lógico o camino del razonamiento, a efectos de arribar a determinada conclusión” (sic)