Auto Supremo AS/0539/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0539/2020-RA

Fecha: 17-Sep-2020

Por otra parte, el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado incurrió en errónea


Por otra parte, el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado incurrió en errónea aplicación del art. 413 del CPP, que vulnera el derecho de acceder a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, además del principio de la verdad material; por cuanto, el Tribunal de alzada reconociendo que el hecho acusado sólo fue el ocurrido el 10 de junio de 2017, que no fue discutido por el apelante, debió directamente emitir Resolución manteniendo la condena mínima de 20 años, con la aclaración de que dejaba sin efecto los otros dos hechos que hace alusión la Sentencia, conforme prevé el último párrafo del art. 413 del CPP, ello en razón de que la sanción mínima impuesta no variara, no observando el Tribunal de alzada la prohibición de revictimización, celeridad y verdad material, menos tomó en cuenta la vulnerabilidad de las niñas que fue pronunciada por la Sentencia Constitucional 001/2019-S2, incurriendo el fallo impugnado en defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP. Invoca los Autos Supremos 363 de 5 de abril de 2007, 726 de 26 de septiembre de 2004, 45 de 23 de enero de 2004 y 442 de 19 de agosto de 2004