VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación de fs. 627 a 629 vta., interpuesto por Humberto Barrón Gumiel y Martha Gómez Prudencia, contra el Auto de Vista Nº SCCI-131/2020 de 26 de octubre cursante de fs. 621 a 623 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria seguido a instancia de los recurrentes contra Cristóbal Paniagua Choque y Felipa Paniagua Choque; el memorial de contestación de fs. 634 a 637 vta., el Auto interlocutorio de concesión del recurso de 17 de noviembre de 2020 a fs. 638; el Auto Supremo de admisión Nº 592/2020-RA de 30 de noviembre cursante de fs. 644 a 645 vta., todo lo inherente al proceso; y:
- VISTOS:
- 1.
- 4.
- 2.
- 5.
- 6.
- el recurso de casación se interpone contra la Resolución de segunda instancia
- puede convalidar el acto viciado, dejando pasar las oportunidades señaladas por ley para impugnar el mismo
- Principio de preclusión
- III.3. De los presupuestos de la usucapión decenal.
- el elemento esencial en este tipo de acción es la posesión
- 3.
- POR TANTO:
