III.2 Sobre el principio de la unidad de la prueba.
Con relación al principio de unidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de 11 de marzo, al referirse a los principios generales que rigen a las pruebas judiciales ha señalado que: “…el principio de la unidad de la prueba”, que establece que el conjunto probatorio del proceso forma una unidad y como tal, debe ser examinado y merituado por el Órgano Jurisdiccional, confrontando las diversas pruebas, señalar sus concordancias, discordancias y concluir sobre el convencimiento global que se forme de ellas, es decir; que las pruebas deben ser apreciadas en forma conjunta de acuerdo al valor que les asigna la ley o a las reglas de la sana critica. “Principio de la comunidad de la prueba”, establece que la prueba no pertenece a quien la suministra, es inadmisible pretender que esta favorezca a la parte que la alega al proceso, una vez incorporada legalmente al proceso, debe tenérsela en cuenta para determinar la existencia o inexistencia del hecho sobre el cual versa, sea que resulte favorable a quien la propuso al adversario”.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 71/2021
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II:
- CONTENIDO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y SUS RESPUESTAS
- II.1.1. Del recurso de Celia Cabrera Angulo (fs. 382 a 383 vta.)
- En la forma.
- 1. Denunció que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de motivación en cuanto a los hechos probados, ya que al ser su decisorio revocatorio de la sentencia, tenía la obligación de motivar qué hechos consideró probados y se subsumirían al supuesto previsto en el art. 1446. I del Código Civil, no siendo suficiente la existencia de una sentencia relativa al proceso penal entre las mismas partes.
- 2.
- II.1.2. Del recurso de Roberto Almendras Santos (fs. 385 a 395).
- En el fondo.
- 1.
- De la respuesta a los recursos de casación.
- CONSIDERANDO III:
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- De la acción pauliana o revocatoria
- III.2 Sobre el principio de la unidad de la prueba.
- De los principios que rigen las nulidades procesales.
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
