VISTOS
VISTOS: Los recursos de casación cursante de fs. 382 a 383 vta., y 385 a 395; interpuestos por Celia Cabrera Angulo y Roberto Almendras Santos, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 52/2020 de 16 de septiembre cursante de fs. 375 a 378, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso sobre acción pauliana y nulidad de documentos de transferencia seguido por Mónica Cabrera Claros contra los recurrentes, el Auto de concesión de 23 de noviembre de 2020 a fs. 401, el Auto Supremo de Admisión Nº 673/2020-RA de 04 de diciembre de fs. 410 y 412, todo lo inherente; y:
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 71/2021
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II:
- CONTENIDO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y SUS RESPUESTAS
- II.1.1. Del recurso de Celia Cabrera Angulo (fs. 382 a 383 vta.)
- En la forma.
- 1. Denunció que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de motivación en cuanto a los hechos probados, ya que al ser su decisorio revocatorio de la sentencia, tenía la obligación de motivar qué hechos consideró probados y se subsumirían al supuesto previsto en el art. 1446. I del Código Civil, no siendo suficiente la existencia de una sentencia relativa al proceso penal entre las mismas partes.
- 2.
- II.1.2. Del recurso de Roberto Almendras Santos (fs. 385 a 395).
- En el fondo.
- 1.
- De la respuesta a los recursos de casación.
- CONSIDERANDO III:
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- De la acción pauliana o revocatoria
- III.2 Sobre el principio de la unidad de la prueba.
- De los principios que rigen las nulidades procesales.
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
