iv)
iv) Violación del art. 226.III del Código Procesal Civil (CPC), ya que, de manera oficiosa en contravención al cumplimiento de sus deberes, explicó un aspecto no solicitado, siendo que se solicitó una enmienda y no una explicación, advirtiéndose que de lo consignado en el Auto de complementación lo que pretende el Tribunal de apelación es subsanar la falta de fundamentación y motivación que reviste el Auto de Vista ahora recurrido.
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 638/2021
- Sucre, 26 de octubre de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 496/2021
- Distrito: Chuquisaca
- Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
- VISTOS:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- I.1. Sentencia.
- IMPROBADA
- I.2 Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- I.3. Motivos del recurso de casación.
- I.3.1. En la forma
- Petitorio
- I.3.2. En el fondo
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- I.5 Admisión
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- II.1 Consideraciones previas.
- II.2 En relación al recurso de casación en la forma.
- ;
- 1)
- II.3 En relación al recurso de casación en el fondo.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
