II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
1. El recurrente refirió que FLORENCIO GÓMEZ, ingresó a trabajar en el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, 21 de julio de 2010, y a partir de la fecha se realizó distintas designaciones y reasignaciones, culminando como Jefe de Unidad de Desarrollo Humano y Social dependiente de despacho del alcalde y que conforme la prueba presentada se evidencia que la estadía laboral en el GAM de El Alto, se divide en dos etapas, primero en la cual se encontraba en vigencia la Ley Nº 2028 de Municipalidades y otra en la que se encontraba en vigencia la Ley Nº 482 Ley de Gobiernos Autónomos Municipales, periodo en el que ocupó el cargo de Oficial Menor de Desarrollo Humano y Social, y considerando la Sentencia Constitucional 0474/2011-R de 18 de abril, se advierte que el trabajador desempeño un cargo de confianza, por lo que se puede inferir que existe un incorrecta aplicación de lo dispuesto en la Ley Nº 321, toda vez que era funcionario de confianza y no corresponde la aplicación de la Ley General del Trabajo, al otorgar beneficios que solo corresponden a aquellos protegidos por la Ley General del Trabajo.
A fs. 960, la Juez de primera instancia en el apartado de la relación de trabajo se remitió a enunciar lo señalado por el demandante, sin hacer una contrastación con la prueba ofrecida, aspecto que no fue observado en segunda instancia, pasando por alto los fundamentos de la misma, toda vez que simplemente se limita a enunciar lo que señala el demandante, sin fundamentar.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 645
- Sucre, 8 de noviembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA EN PARTE
- Auto de Vista.
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- 2
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- Conforme prevé el art. 277 del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicable en la materia, de conformidad al art. 252 del CPT, este Tribunal emitió el Auto de 5 de agosto de 2021 a fs. 1060, admitiendo el recurso interpuesto por la el GAM de El Alto, que se pasa a resolver.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Principio de inversión de la prueba en materia laboral
- Resolución del caso concreto
- en caso de existir duda sobre la interpretación de una norma, se debe preferir aquella interpretación más favorable al trabajador
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y devuélvase. -
