Auto Supremo AS/0660/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0660/2021

Fecha: 10-Nov-2021

el SENASIR, deberá dar cumplimiento a las condiciones y procedimientos contenidos en el mencionado Decreto Supremo

Sin embargo, los alcances de la RM Nº 550 de 28 de septiembre de 2005, son complementados por la RM Nº 559 de 3 de octubre de 2005, al haberse evidenciado que muchos asegurados no se encuentran consignados en las planillas cursantes en los archivos del SENASIR, aunque cuentan con documentación que acredita que prestaron sus servicios en empresas e instituciones sujetas a la seguridad social a largo plazo, perjudicando la certificación de aportes y la otorgación de las prestaciones que les correspondieran, estableció en su artículo único lo siguiente: “Se amplía el alcance del Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, instruyéndose al Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR, que en la certificación a efectos de las prestaciones del Sistema de Reparto, proceda a la Certificación de Aportes bajo la modalidad de documentos supletorios, si el asegurado no figura en planillas. Al efecto, el SENASIR, deberá dar cumplimiento a las condiciones y procedimientos contenidos en el mencionado Decreto Supremo.”