POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 256 a 257 vta., interpuesto por Ronald Ayrton Rios Salces en representación legal de YPFB, impugnando Auto de Vista Nº 01/2021 de 4 de enero de fs. 229 a 232 vta., emitido por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley 1178.
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 677/2021
- Sucre, 10 de noviembre de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 529/2021
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
- VISTOS:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- I.1. Sentencia.
- PROBADA
- Sueldo promedio indemnizable: Bs. 7.892,32.-
- TOTAL A CANCELAR Bs. 40.082,95.-
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- I.2. Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- I.3 Motivo del recurso de casación.
- I.3.1 Petitorio
- I.3.2 Admisión
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- II.1 Consideraciones previas.
- La relación laboral de los contratos a plazo fijo:
- II.2. Argumentos de derecho y de hecho.
- a)
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
