3.
3. Indicó que no se dio cumplimiento al art. 110 num.5) del Código Procesal Civil, ya que no se designó con exactitud el bien demandado, por lo que la Sentencia no podrá ser ejecutada, puesto que no se indicó de forma específica sobre que inmueble recayó la reivindicación ordenada por el Juez de grado.
Con base en estos argumentos, solicitó que se tenga por planteado el recurso de casación y que previo traslado de ley, se remita al tribunal que conocerá y resolverá el mismo.
3. Señaló que las aseveraciones relacionadas al art. 1453 del Código Civil, debieron ser planteadas en primera instancia mediante los presupuestos legales que determina la normativa civil, pretender ahora su análisis hace inviable su interposición.
Con base en estas aseveraciones, solicitó que se declare improcedente el recurso de casación y que, por tanto, se confirmen la Sentencia y el Auto de Vista impugnado, sea con costas.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 975/2021 Fecha: 09 de noviembre de 2021
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II:
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1.
- 2.
- 3.
- Respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO III:
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III.1. Sobre la acción reivindicatoria
- III.2. Sobre la valoración de la prueba
- III.3. Del principio de per saltum.
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- punto 1
- punto 2
- punto 3
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
