Auto Supremo AS/0998/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0998/2021

Fecha: 12-Nov-2021

c)

c) En cuanto al segundo, tercero y quinto motivo del resumen del recurso, indicó que es potestad de la parte actora o demandada ofrecer los medios legales conducentes que permitan sustentar sus pretensiones y es tarea de la autoridad jurisdiccional considerar y valorar la prueba ofertada; en ese entendido, la determinación asumida en la parte resolutiva de la Sentencia, es consecuencia de los medios probatorios incorporados por la parte actora; es decir, que no se ha homologado o validado el acuerdo transaccional por cuerda separada a efectos de que sea incorporado como prueba en la presente demanda, no siendo viable exigir que el juzgador reconozca la validez de una cláusula o varias del acuerdo transaccional, cuando este no se encuentra homologado.