3
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Gloria Marina y Silvia Nancy ambas Díaz Sevillano por sí y en representación de Jorge Mery y Gladys Rosalía todos Díaz Sevillano y Ana María Diaz de Yapura, según memorial cursante de fs. 530 a 538 vta., recurso que es objeto de análisis.
3. Posteriormente, en audiencia preliminar se fijó el objeto del proceso y mediante Resolución N° 654/2018 se fijó y determinó el objeto de la prueba, llevándose delante el ordenamiento de medidas probatorias se diligenció la prueba documental así también, al haberse propuesto prueba testifical, inspección judicial y pericial, que debía verificarse fuera del despacho judicial, se señaló audiencia complementaria, designándose como perito a la Arq. Lourdes Bustos Antezana y fijado los puntos se pericia, sin que las partes hubieran observado ni completado los mismos. Por otro lado, como medida para mejor proveer se dispuso la pericia georeferencial oficiando al Colegio de Topógrafos de la ciudad de La Paz con el objeto de obtener una terna de profesionales topógrafos a los efectos de la designación del perito, sin que dicha prueba hubiere sido observada u objetada.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 1024/2021
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II:
- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Gloria Marina y Silvia Nancy ambas Diaz Sevillano por sí y en representación de Jorge Mery y Gladys Rosalía todos Diaz Sevillano y Ana María Diaz de Yapura en lo trascendental de dicho medio de impugnación, expresan:
- De la respuesta al recurso.
- CONSIDERANDO III:
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- III.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales.
- III.2. Sobre la reivindicación.
- III.3. Sobre el principio de verdad material.
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 4.
- Fragmento 27
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
