Contestación al recurso de casación de Martha, Willy y Vicky todos Salguero Ledesma de Clara Salguero Choque. (Fs. 274 y vta.)
Refirió que los administradores de justicia se deben a las leyes y su interpretación y aplicación están regladas por la Ley Nº 439, en su art. 6, partiendo bajo ese criterio, dijo que los ahora recursionistas no pueden interpretar y aplicar los arts. 1004 y 1059 del Código Civil, de acuerdo a su apetito personal, pretendiendo afectar el derecho a la propiedad privada legalmente adquirida, en ese contexto con relación a la interpretación hecha por los vocales del Tribunal de alzada en lo respecta a la errónea interpretación y aplicación de los citados artículos por el Juez de primera instancia, fue la correcta, porque la misma, está en la línea y/o intención del legislador y la jurisprudencia que se tiene sobre el caso concreto; por lo que se concluye que los argumentos y fundamentos del recurso de casación en el fondo parcial, no tiene asidero legal alguno.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo:
- Fecha:
- Expediente
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- CONSIDERANDO II:
- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del recurso de casación de Clara Salguero Choque.
- En la forma:
- En el fondo:
- Del recurso de casación de Martha, Willy y Vicky todos Salguero Ledesma.
- Contestación al recurso de casación de Martha, Willy y Vicky todos Salguero Ledesma de Clara Salguero Choque. (Fs. 274 y vta.)
- Contestación al recurso de casación de Clara Salguero Choque de Martha Salguero Ledesma. (Fs. 277 a 278.)
- CONSIDERANDO III:
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- III.1 Del principio “Iura Novit Curia”.
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- recurso de casación de Clara Salguero Choque.
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
