Contestación a los recursos.
Dispuesto el traslado del recurso de casación promovido por la Asociación Accidental IMESAPI SA - GLOBAL RR Ltda., mediante Decreto de 1 de junio de 2021 de fs. 1323; el actor contestó a fs. 1329, argumentado que, al no contar el recurso de apelación de la Asociación demandada, con agravios expresamente señalados, el Tribunal de alzada, no podía resolver el fondo en forma ultra petita; con esos argumentos, no efectuó ninguna petición.
Por otra parte, corrido en traslado el recurso de casación formulado por el demandante, mediante el Decreto de 18 de junio de 2021 de fs. 1337; la Asociación Accidental IMESAPI SA - GLOBAL RR Ltda., contestó de fs. 1339 a 1341, argumentado que, contrario a lo indicado por el actor, el recurso de apelación resuelto por el Tribunal de alzada, no carece de una fundamentación de agravios, por ello, se resolvió el fondo de lo expresado; por otro lado, el recurso de casación de la parte actora, se limita a impugnar la apelación, no se adecua a lo previsto por el art. 271 del CPC-2013; por lo que, solicitó se declare improcedente o infundado el recurso planteado.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 669
- Sucre, 1 de diciembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA
- Auto de Vista.
- REVOCÓ en parte
- II. ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIONES Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación de la Asociación Accidental IMESAPI SA - GLOBAL RR Ltda.
- Petitorio.
- Recurso de casación del demandante.
- Contestación a los recursos.
- Admisión de los recursos de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Respecto del recurso de casación de la Asociación Accidental IMESAPI SA - GLOBAL RR Ltda.
- garantizar los derechos de los trabajadores que puedan verse afectados o desmejorados frente a acciones de los empleadores, que tengan por objeto desconocer la verdadera naturaleza de una relación laboral y sus elementos sustanciales
- se debe tomar en cuenta lo que verdaderamente sucede en la realidad y no solamente lo que las partes han contratado formalmente
- la valoración preferente de las condiciones reales que presentasen en los hechos, los cuales se superponen a los contenidos que consten documentalmente
- En resumen, lo que define la naturaleza jurídica de una controversia sobre la particularidad contractual de una obra o servicio, o prestación de trabajo, trasunta directamente en la realidad de su ejecución, siendo ésta la que debe ser objeto de análisis, a la luz del principio de primacía de la realidad por parte del Juzgador laboral.
- a)
- Respecto de recurso de casación del demandante.
- el Tribunal de segunda instancia constituye un Juez colegiado de conocimiento y no así de puro derecho, teniendo la potestad y obligación de analizar y resolver todos los agravios expuestos en los recursos de alzada
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
