Auto Supremo AS/0704/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0704/2021

Fecha: 01-Dic-2021

Contestación al recurso:

El actor, por escrito de fs. 461 a 462, contestó el recurso de casación, señalando que la entidad demandada, aduce dolosamente que la relación laboral sostenida entre el SINEC y su persona, estaría comprendida dentro de la Ley del Funcionario Público, bajo tuición del DS Nª 16474; sin embargo, es menester aclarar que el SINEC, es una entidad que pertenece a la Seguridad Social, lo que implica que la relación laboral entre su persona y el SINEC sí está enmarcada en la Ley General del Trabajo y demás disposiciones legales vigentes y no así a la Ley Nº 2027.

Refirió que, el 24 de febrero de 2017, fue designado como Gerente de Servicios Generales, sometiéndose antes a un periodo de prueba de 3 meses y mediante memorial de 4 de enero de 2021, presentó el memorándum de 24 de mayo de 2017, con el que se demostró que la MAE del SINEC le ratificó en ese cargo, pasando el periodo de prueba conforme establece la Ley General del Trabajo; por lo que, con ello se desvirtúa la pretensión del empleador de tratar de confundir que estaba en ese cargo de manera interina.

Manifestó que el empleador, sólo trata de perjudicar sus derechos laborales, tratando de escudarse en la improcedencia de imposición de costas al Estado, que persigue el interés general de la sociedad, siendo que él pertenece a una sociedad y su demanda laboral data desde abril de 2018 y por tanto, los recursos económicos que tiene para contratar honorarios de abogados le son insuficientes; por lo que, la aplicación de costas es justa.

Indicó que, el recurso es infundado y dilatorio, solicitando, se rechace y se confirme el Auto de Vista Nº 51/2021 de 20 de mayo, de fs. 410 a 415, emitido por la Sala Segunda Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.