Auto Supremo AS/0767/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0767/2021

Fecha: 01-Dic-2021

Refirió que conforme la Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997 y art. 51 del CSS, se procedió a la suspensión de la renta de viudedad debido a que la recurrente Ana María Valencia Enríquez contrajo nuevas nupcias con el Sr. Francisco Juárez Nogales; y aclaró que desde el momento en que contrajo matrimonio el 26 de octubre de 1991, debió cesar el cobro de la renta de viudedad de su primer esposo Víctor Andia Ayala, pero continuó cobrando la renta de viudedad que ya no le correspondía.

Refirió que conforme la Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997 y art. 51 del CSS, se procedió a la suspensión de la renta de viudedad debido a que la recurrente Ana María Valencia Enríquez contrajo nuevas nupcias con el Sr. Francisco Juárez Nogales; y aclaró que desde el momento en que contrajo matrimonio el 26 de octubre de 1991, debió cesar el cobro de la renta de viudedad de su primer esposo Víctor Andia Ayala, pero continuó cobrando la renta de viudedad que ya no le correspondía.