Auto Supremo AS/0780/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0780/2021

Fecha: 01-Dic-2021

3.

3. El Tribunal de alzada incurrió en error de hecho y de derecho al determinar que se descuente los beneficios sociales cursantes en los finiquitos de fs. 52 y 115 del total de los beneficios sociales que le corresponden, en razón a que el finiquito de fs. 52 es por el pago de indemnización de 5 años, 9 meses y 28 días del 15 de noviembre de 2013 al 12 de septiembre de 2019 y el finiquito a fs. 115 es por el pago de indemnización de 7 meses, no indica la fecha por la cual se paga, en ese sentido es incongruente que se haya descontado estos finiquitos de la suma de los derechos laborales, porque no ha demandado el pago de la indemnización, aspecto que constituye una vulneración al principio de protección establecido en los art. 48 de la CPE y 59 del Código Procesal del trabajo (CPT), quebrantando el principio de legalidad y verdad material establecido en el art. 180-I y II de la CPE y art. 30 de la Ley Nº 025.