Auto Supremo AS/0780/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0780/2021

Fecha: 01-Dic-2021

3. Con referencia al error de hecho y de derecho respecto de los finiquitos de fs. 52 y 115,

3. Con referencia al error de hecho y de derecho respecto de los finiquitos de fs. 52 y 115, al respecto, el tratadista Pastor Ortiz Mattos, en “El Recurso de Casación en Bolivia”, sobre el error de hecho, señala: “…El error de hecho se da cuando la apreciación falsa recae sobre un hecho material; tal error, en el que incurre el juez de fondo en el fallo recurrido, cuando considera que no hay prueba eficiente de un hecho determinado siendo así que ella existe y que la equivocación está probada con un documento auténtico”, en cuanto al error de derecho, indica: “El error de derecho recae sobre la existencia o interpretación de una norma jurídica. En el caso que nos interesa cuando el juez o tribunal de fondo, ignorando el valor que atribuye la ley a cierta prueba, le asigna un valor distinto”.

En el caso el recurrente aparentemente sostiene un error de hecho en la valoración de la prueba, que si bien no argumenta de manera específica cuál el error de hecho y cual el error de derecho, del análisis del recurso de casación se advierte que refiere un error de hecho puesto que, manifiesta que los finiquitos corresponden al pago de otros derechos que no fueron demandados.