Auto Supremo AS/0064-1/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0064-1/2021

Fecha: 10-Feb-2021

Recurso de casación en el fondo interpuesto por Maribel Sandoval Zabala

Señalo que el cargo desempeñado por su persona de Secretaria, no se ajusta a un cargo de confianza ni mucho menos un cargo de dirección, principalmente porque no existe una relación entre el nivel Jerárquico con el nivel salarial, y que aún en el supuesto caso de que, hubiese ejercido el cargo de Encargada de Venta, dichas funciones no pueden considerarse como un cargo de confianza, de manera que, el Auto de Vista incurrió en errónea interpretación de la excepción contenida en el art. 46 de la Ley General del Trabajo (LGT), razón por la cual merece ser reparado dicho error por el Tribunal de Casación deliberando en el fondo se proceda a ordenar el pago de las horas extras que fueran Sentenciadas a fs.141 a 145 por la suma de Bs. 37.175,54.-, más los demás Derechos Sociales reconocidos en el presente caso de autos, en correcta interpretación del art.46 de la LGT.

Por otra parte, acusó violación del art. 182 inc. i) del Código Procesal del Trabajo (CPT), puesto que el demandado confesó expresamente que su jornada laboral excedía las 08 horas diarias, e inclusive, puntualizó un horario de trabajo que mínimamente coincide con las 2 horas extras diarias que el Juez de primera instancia estableció en la Sentencia de fs. 141 a 145, confesión que no requiere más prueba conforme establece el art. 167 del CPT, respaldado con la aplicación de la presunción del art. 182 inc. i) del CPT.