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    Auto Supremo AS/0098/2021-RI
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0098/2021-RI

    Fecha: 02-Feb-2021

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    • por principio todo acto jurisdiccional es impugnable, sin embargo no es menos evidente, que ese derecho no es absoluto para todos los procesos e instancias, debido a que este se encuentra limitado, por la misma ley
    • III.2. De la fase de impugnación en procesos de reconocimiento de unión conyugal libre conforme a la Ley Nº 603.
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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