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    Auto Supremo AS/0098/2021-RI
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0098/2021-RI

    Fecha: 02-Feb-2021

    b)

    b)Mencionó que el Auto de Vista en la parte resolutiva de manera contradictoria y maliciosa vulnerando totalmente la aplicación de las normas procesales vigentes en materia familiar resolvió confirmar el auto N° 166/2016 de 16 de mayo, con costas de conformidad al art. 86 inc. b) del Código de las Familias y del Proceso Familiar, sin considerar que en el caso de autos procede la imposición de costas por apelación y no son aplicables las costas procesales en el fallo de segunda instancia.

    • VISTOS:
    • 1.
    • 2.
    • a)
    • b)
    • c)
    • por principio todo acto jurisdiccional es impugnable, sin embargo no es menos evidente, que ese derecho no es absoluto para todos los procesos e instancias, debido a que este se encuentra limitado, por la misma ley
    • III.2. De la fase de impugnación en procesos de reconocimiento de unión conyugal libre conforme a la Ley Nº 603.
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • POR TANTO:

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