Auto Supremo AS/0006/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0006/2021

Fecha: 12-Mar-2021

I.1. Excepción por duración máxima del proceso.

Al amparo de los arts. 115.I y 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE) el art. 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 17 y 31 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y las Sentencias Constitucionales 0839/2005 de 25 de julio, 0151/2005-R de 21 de febrero, 033/2006 de 11 de enero y 0101/2004 de 14 de septiembre, las recurrentes señalan que el hecho data del año 1996 y hasta la fecha ya transcurrieron más de 23 años en el que el proceso continua vigente; al respecto, realiza un detalle de los antecedentes del proceso de los cuales resultaría que la mora procesal es atribuible al órgano judicial y en consecuencia se le hubiera vulnerado su derechos a ser juzgada en plazo razonable, situación por la cual tendría que tenerse en cuenta que el tiempo máximo para la duración del proceso es de tres años y a la fecha ese tiempo hubiera transcurrido abundantemente, argumentos por los cuales señala que se debe declarar la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso.