Auto Supremo AS/0094/2021-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0094/2021-RRC

Fecha: 16-Mar-2021

3.-

3.- Refiere la que Sentencia incurrió en el defecto comprendido en el art. 370 inc. 6) del CPP, porque dicha resolución se basó en hechos no acreditados o en una valoración defectuosa de la prueba.

3.- El Tribunal de alzada, precisa que en el presente caso se evidenció la inexistencia del defecto comprendido en el art. 370 inc. 6) del CPP, siendo que el tribunal de sentencia hubiera valorado todas las pruebas de cargo, tanto testificales, como documentales, las cuales tuvieran toda la eficacia legal para sustentar que el acusado es el autor del delito de Robo Agravado; además, aclara que no existió duda razonable que le pueda favorecer al imputado, porque resultaría correcta la labor del inferior al momento de emitir la sentencia.