I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia 40/2017 de 15 de agosto, el Tribunal de Sentencia Segundo de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, por mayoría de sus miembros declaró a Victoriano Condori Ramos autor y culpable de la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, contenido en la sanción del art. 203 del CP imponiéndole la pena privativa de libertad de cuatro años; coetáneamente, se declaró la absolución del acusado por el delito de Falsificación de Documento Aduanero. El Juez Técnico Tórrez Hurtado fue de voto disidente, opinando se dicte absolución por ambos tipos penales.
Contra la citada Sentencia, el señor Condori Ramos, formuló recurso de apelación restringida, resuelto a través de Auto de Vista 55 de 11 de septiembre de 2019, pronunciado por Auto de Vista 02/2020 SPS de 18 de marzo de 2020, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declarándolo sin lugar confirmando en tal resultado la Sentencia 40/2017, motivando la formulación del presente recurso de casación.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 101/2021-RRC
- Sucre, 16 de marzo de 2021
- Magistrado Relator :
- RESULTANDO
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1. Motivos del recurso de casación.
- I.2. Petitorio.
- I.3. Admisión del recurso.
- Fragmento 11
- II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- II.1. De la Sentencia.
- II.2. De la apelación restringida.
- a)
- II.3. Del Auto de Vista 58/2018 de 31 de julio.
- II.4. Del Auto Supremo 287/2019-RRC de 2 de mayo.
- dejó sin efecto
- II.5. Del Auto de Vista impugnado.
- III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON LOS PREDECEDENTES INVOCADOS Y LA POSIBLE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
- 1)
- Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio.
- III.2. Análisis del caso concreto.
- Con relación al primer motivo, en el que se señala que el Auto de Vista no observó de manera fundada la denuncia de contradicción en la Sentencia al momento de analizar las DUIs motivo de litigio.
- segundo motivo,
- POR TANTO
- INFUNDADO
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
- FDO.
- Magistrado Relator Dr. Edwin Aguayo Arando
- Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
- Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca
