Auto Supremo AS/0118/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2021

Fecha: 11-Mar-2021

no corresponde el pago del desahucio,

Por otra parte, se advierte que el recurrente de forma totalmente descontextualizada con los datos del proceso, señaló que no corresponde el pago del desahucio, por los desastres naturales ocurridos y porque el trabajador no fue despedido; sin tomar en cuenta que el Juez de instancia, declaró improbado el pago del desahucio; consiguientemente, no corresponde emitir pronunciamiento sobre un beneficio que no fue otorgado al trabajador y no causó agravio al demandado ahora recurrente.