POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el numeral 1 del artículo 184 de la CPE y del numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la LOJ, CASA el Auto de Vista Nº 07/2020 de 15 de septiembre de fs. 300 a 303, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija y deliberando en el fondo, declara PROBADA la demanda coactiva fiscal de fs. 185 a 187, disponiendo que el Juez de la causa, gire el Pliego de Cargo de forma mancomunada, solidaria e indivisible, contra los coactivados Luis Gareca Castro y Mario Bernardo Reinoso Lizárraga, por la suma de Bs.16.749 (Diez y seis mil setecientos cuarenta y nueve 00/100 Bolivianos), por la disposición arbitraria de bienes patrimoniales del Estado, de acuerdo al art. 77 inc. h) de la Ley de Sistema de Control Fiscal concordante con el art. 31 inc. c) de la Ley 1178 y proceda al cobro correspondiente en ejecución de fallos.
Sin costas, en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 y 52 del DS Nº 23215 y sin multa por ser excusable.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
- Auto Supremo Nº 128
- Expediente
- Demandante
- Demandados
- Fragmento 7
- Departamento
- Proceso:
- Magistrado Relator
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia
- IMPROBADA
- Auto de Vista
- CONFIRMANDO
- II. FUNDAMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN
- Petitorio
- Concluyó solicitando; “(…) declare casado el Auto de Vista impugnado, declarándose probada la demanda coactiva fiscal de fojas 185 a 187, emitiendo el respectivo Auto Supremo, correspondiente Pliego de Cargo, conforme a derecho.” (Textual)
- Contestación al recurso de casación
- Solicitaron se declare improcedente o infundado el recurso interpuesto por el GAMT.
- Concesión y admisión del recurso
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Normativa legal aplicable
- Proceso de oficio
- Proceso por demanda
- Análisis del caso
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
