VISTOS:
VISTOS:
Los recursos de casación en el fondo de fs. 1380 a 1382 y de 1384 a 1397 vta. interpuestos por Jael Azurduy Medrano, representante legal de Luz Rosario López Rojo vda. de Aparicio, Alcaldesa Municipal del Gobierno Autónomo de Sucre y Celsa Marina García Calle, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 455/2020 de 19 de octubre pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso laboral de reincorporación, seguido por Celsa Marina García Calle contra el Gobierno Autónomo de Sucre (GAMS), el Auto 636/2020 de 3 diciembre de 2020 de fs. 1399 vta. que concedió los recursos, el Auto N° 534/2020-A de 14 de diciembre de fs. 1405 y vta. que los admitió, los antecedentes del proceso; y,
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
- ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
- ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 210/2021
- Sucre, 16 de marzo de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 534/2020
- Distrito: Chuquisaca
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.
- VISTOS:
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1.- Sentencia
- PROBADA
- I.2.- Auto de Vista
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 455/2020 de 19 de octubre (fs. 1371 a 1374 vta.), la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, confirmó la Sentencia N° 15/2018 de 23 de octubre, así como su Auto Complementario N° 554 de 1 de noviembre, sin costas ni costos.
- II.- FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- II.1 Recurso de la parte demandada
- II.1.1.- Petitorio
- II.1.1.1.- Contestación
- II.2 Recurso de la parte demandante
- II.2.1.- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Recurso del GAMS
- III.2 Recurso de la demandante
- V.1. Conclusión
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
- Fragmento 29
