Auto Supremo AS/0234/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0234/2021

Fecha: 22-Abr-2021

II.1.1.2. Principio de irretroactividad de la ley.-

II.1.1.2. Principio de irretroactividad de la ley.- Debe tenerse en cuenta que el art. 123 de la Constitución Política del Estado, consagra el principio general de irretroactividad de ley, en los siguientes términos “La ley sólo dispone para lo venidero y no tiene efecto retroactivo”; principio que en el ámbito Penal y Social es una derivación del principio de legalidad, encontrándonos frente a una prohibición de retroactividad de toda ley penal o social desfavorable, que en el último caso afecte los derechos del trabajador.