POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 131 a 136, interpuesto por la Diego Armando Velásquez, contra del Auto de Vista Nº 581 de 16 de noviembre, de fs. 126 a 128, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declarándose su ejecutoria, con costas.
Se regula el honorario del Abogado patrocinante en Bs.1000 que se mandará pagar la Juez de primera instancia.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 258
- Sucre, 21 de abril de 2021
- Expediente:
- Demandantes:
- Demandado:
- Proceso: Pago de Beneficios Sociales
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- Planteada la demanda de pago de beneficios sociales interpuesto por Erminia Choque Sullca, tramitado el proceso, el Juez de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de Chuquisaca, emitió la Sentencia de 029/2019 de 11 de junio, de fs. 62 a 66, que declaró PROBADA en parte la demanda y PROBADA EN PARTE la excepción de pago; sin embargo, el Auto de Vista N° 811/2019 de 13 de noviembre de 2019 ANULO la Sentencia referida; motivo por el cual, se emitió la Sentencia N° 005/2020 de 11 de marzo que declaró PROBADA en parte la demanda, sin costas, y PROBADA en parte la excepción de pago parcial y dispuso el pago a favor de la actora de: 1) Indemnización de Bs.5.506,66; 2) Desahucio de Bs.3.150; 3) Nivelación Salarial de Bs.25.952 4) Bono de antigüedad de Bs.680,50 5) Aguinaldo 2017 más multa de Bs.1.738,33, sumando un total de Bs.37027,49 más la actualización y la multa señalada en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) N° 28699 a calificarse en ejecución de Sentencia y cumplido ello deberá descontarse la suma de Bs.4.000.
- Auto de Vista.
- REVOCÓ en parte
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN:
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- En la forma
- el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- Documento Privado de Transacción de Pago de Beneficios Sociales
- “cuando la parte admite total o parcialmente la veracidad de un hecho personal o de su conocimiento desfavorable a sus intereses o favorable a la del adversario”,
- En el fondo
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
