4.-
4.- Alegó que el Auto de Vista, no se refirió al cobro que el demandante de mala fe realizó, de la Jefatura Departamental del Trabajo en la suma de Bs. 9.940, conforme se acreditó por la certificación N° MTEPS/JDTCBBA/CERT 271/215 de 18 de diciembre de fs. 228, que la Cooperativa depositó a su favor, conforme las literales de fs. 33 a 36.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 283
- Sucre, 21 de mayo de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Cooperativa de Ahorro y Crédito Societaria “SARCO Ltda”
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia. -
- PROBADA en parte
- Auto de Vista. -
- REVOCÓ en parte
- II.- DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIONES Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Societaria “SARCO Ltda.”:
- .-
- 2.-
- 3.-
- 4.-
- Petitorio.
- Recurso de casación del demandante Erik Oscar Maldonado Laguna:
- Contestación de Erik Oscar Maldonado Laguna.
- 1.-
- Contestación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “SARCO Ltda”.
- Admisión.
- Mediante Auto de 26 de marzo de 2021 (fs. 352), la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, admitió los recursos de casación interpuesto por la Cooperativa de Ahorro y Crédito “SARCO Ltda.”de fs. 324 a 326 y el formulado por Erik Oscar Maldonado Laguna de fs. 330 a 332, que se pasan a resolver:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO.
- Doctrina y jurisprudencia aplicable al caso:
- Derecho a la estabilidad laboral: estructura normativa.
- Desvinculación laboral y prohibición de despido injustificado.
- Resolución del caso concreto.
- Resolución al recurso de casación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Societaria “SARCO Ltda.”:
- Resolución al recurso de casación de Erik Oscar Maldonado Laguna:
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
