Auto Supremo AS/0283/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0283/2021

Fecha: 21-May-2021

Recurso de casación del demandante Erik Oscar Maldonado Laguna:

Afirmó que el Auto de Vista y la Sentencia de primera instancia, no consideraron el pago de los sueldos devengados que la Cooperativa no le canceló y que no tomó en cuenta, la condición de progenitor y que gozaba de inamovilidad laboral de conformidad al art. 48 de la Constitución Política del Estado (CPE); asimismo, no consideró la línea jurisprudencia (no señala la resolución), por el cual debió suspenderse el proceso administrativo, hasta que su hijo menor cumpla un año de edad; conforme disponen los arts. 48-IV de la CPE, 2 del DS N° 0012 y las Sentencia Constitucional Nos. 1749/2003 de 1 de diciembre y 0917/20903-L y Auto Supremo N° 243 de 13 de mayo de 2013, por los que se garantiza el pago de los sueldos devengados y beneficios sociales y debió suspenderse el proceso administrativo, mientras duró la inamovilidad laboral del padre progenitor.

Petitorio:

Concluyó solicitando, se modifique el Auto de Vista con relación al pago de sueldos devengados por el lapso que duró el periodo de inamovilidad laboral.