1.
1.Los bienes muebles consistentes en: tres televisores en mal estado; tres cocinas, una heladera, una mesa grande y dos mesas pequeñas, seis sillas, una garrafa, una carretilla usada, así como los tres armazones o mostradores (para la venta de la ropa) y una cocina industrial, debiendo en ejecución de sentencia procederse a la división y partición de los mismos.
1.Acusó que el Tribunal Ad quem vulneró su derecho a la ganancialidad, al principio de verdad material y al debido proceso, puesto que omitió pronunciarse respecto al rechazo de la A quo de incorporar como puntos de hecho a probar la ganancialidad sobre el fruto de los bienes comunes y el incremento del valor del inmueble de la demandada, asimismo el ofrecimiento del avalúo, inobservando los arts. 188 inc. b) y 189 inc. b) del Código de las Familias y del Proceso Familiar.
