1.
1. Con base en la demanda cursante de fs. 115 a 118, subsanada a fs. 121 a 123, Luz Karina Mena Salinas representada legalmente por Néstor René Fernández Gutiérrez inició proceso ordinario de nulidad de documentos, acción dirigida contra Mauricia Coro Huallpa y Luz Karina Mena Salinas, quienes una vez citadas de forma personal y mediante edictos respectivamente, la primera es declarada rebelde y la segunda no se apersona y se la designa defensor de oficio; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia Nº 148/2020 de 26 de febrero, cursante de fs. 309 a 312, en la que el Juez Público Civil y Comercial 9º de la ciudad de El Alto - La Paz declaró PROBADA en parte la demanda declarando la nulidad de la minuta de 28 de julio de 2015 y la Escritura Pública Nº 240/2015 de 31 de julio y la cancelación del asiento A-4 de la matrícula Nº 2014010133098 e IMPROBADA respecto a la anulación del formulario de recaudaciones Nº 23333218 y otros trámites catastrales y administrativos del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- a)
- b)
- 2. Respuesta al recurso de casación.
- III.1. Del cómputo de plazos procesales.
- III.2. Requisitos para casación.
- 1. Sobre el plazo de presentación de los memoriales.
- 2. Sobre las causales y requisitos de presentación del recurso.
- POR TANTO:
