VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación de fojas 247 a 258 vlta., interpuesto por Sergio Gerardo Malky Zalaquett, representado legalmente por Yolanda Vidaurre Negrón, en mérito al Testimonio Poder N° 082/2019 de 14 de febrero, otorgado por la Notaría de Fe Pública N° 62 a cargo de Jhanett Irma Quintana Ticona de la ciudad de La Paz y el recurso de casación de fs. 261 a 263 vlta., interpuesto por Amalia Chávez Suxo, contra el Auto de Vista Nº 180/2020 de 10 de agosto (fs. 242 a 245), pronunciado por la Sala Social Administrativa Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz, dentro del proceso laboral de pago de beneficios y derechos sociales, seguido por Amalia Chávez Suxo contra Sergio Gerardo Malky Zalaquett, el Auto de Vista N° 52/2021 de 18 de febrero, que concedió los recursos (fs. 269 vlta.), el Auto N° 194/2021 de 9 de abril, que admitió ambos recursos (fs. 314 y vlta.), los antecedentes del proceso y
- Fragmento 1
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 364
- Sucre, 23 de junio de 2021
- Expediente :
- Demandante :
- Demandado : Sergio Gerardo Malky Zalaquett
- Materia :
- Distrito :
- Magistrado Relator : Dr. Ricardo Torres Echalar.
- VISTOS:
- I.- ANTECEDETES DEL PROCESO
- Sentencia
- Cumplidas las formalidades procesales, la Juez de Trabajo y Seguridad Social 2do del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Sentencia Nº 42/2019 de 28 de marzo, de fojas 197 a 201, que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 5 a 5 vlta, subsanada a fs. 8 e Improbada la excepción perentoria de pago documentado opuesta, disponiendo en consecuencia que el demandado Sergio Gerardo Malky Zalaquett, cancele a la actora la siguiente liquidación:
- TOTAL A CANCELAR
- 3.979,43
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II.- RECURSO DE CASACIÒN
- PRIMER RECURSO.
- Recurso de casación interpuesto por el demandado Sergio Gerardo Malky Zalaquett.
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión
- SEGUNDO RECURSO
- Recurso de casación interpuesto por la demandante Amalia Chávez Suxo.
- III.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1.- Consideraciones previas.
- 2.- Doctrina y legislación aplicable al caso
- Resolución del Caso Concreto.
- En el marco legal descrito, se establece que el Tribunal de Alzada, incurrió en violación de normas, al omitir resolver el recurso de apelación de la parte demandante, correspondiendo, en consecuencia, aplicar el parágrafo II del artículo 220 del CPC-2017, con la facultad remisiva del artículo 252 del CPT.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
