Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 132 a 136 y 139 a 141 vta., interpuestos por Mario Valdez Guillén, en representación legal de la Caja Nacional de Salud Regional La Paz, y por Aurelio Primo Acarapi Cahuana, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 73/2020 de 23 de junio, cursante de fs. 120 a 121, pronunciado por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por Aurelio Primo Acarapi Cahuana, contra la institución demandada, la respuesta de fs. 139 a 141 vta., el Auto N° 138/2021 de 9 de abril de fs. 144 vta., que concedió el recurso, el Auto Nº 293/2021-A de 20 de mayo de fs. 193 y vta., que admitió ambas casaciones, los antecedentes del proceso, y
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 478/2021
- Sucre, 09 de julio de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 293/2021.
- Distrito: La Paz.
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
- CONSIDERANDO I:
- I.2.1. Primer Recurso:
- I.2.2. Petitorio
- I.3. Segundo Recurso:
- En el recurso de casación en parte, de fs. 139 a 141 vta., interpuesto por Aurelio Primo Acarapi Cahuana, señaló:
- CONSIDERANDO II:
- II.1 Fundamentos Jurídicos del fallo.
- Resolviendo el primer recurso de fs. 132 a 136, interpuesto por Mario Valdez Guillén, en representación legal de la Caja Nacional de Salud Regional La Paz.
- Resolviendo el segundo recurso de fs. 139 a 141 vta., interpuesto por Aurelio Primo Acarapi Cahuana.
- Fragmento 17
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
