I.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por ambas partes de fs. 143 a 145; de fs. 155 a 165, cumplidas las formalidades procesales, la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista N° 102/2020 de 30 de noviembre, cursante de fs. 190 a 197, resolviendo declarar la IMPROCEDENCIA de los fundamentos expuestos, respecto a la apelación de la parte demandante se declara la PROCEDENCIA EN PARTE en razón de que se dio curso a la multa del 30% del finiquito de fs. 2, CONFIRMANDO EN PARTE la Sentencia Nº 25/2018 de 2 de marzo de 2018.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 487/2021
- Sucre, 09 de julio de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII- LPZ. 331/2021
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO I.
- I.1 Antecedentes del proceso.
- Bs. 28.541.-
- Bs. 7.418,24.-
- Bs. 7.185,04.-
- TOTAL A CANCELAR Bs. 24.274,6.-
- I.2 Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación.
- 1.3.1. En la forma
- 1.3.2 En el fondo
- II.2. Petitorio.
- II.3. Contestación al recurso de casación
- CONSIDERANDO II
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo.
- II.1.1 Argumentos de hecho y de derecho.
- Resolviendo en la Forma:
- .1.1
- 1.1.2
- 1.1.3
