Auto Supremo AS/0428/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0428/2021

Fecha: 31-Ago-2021

4.-

4.- Otro error que cometió el Tribunal de alzada, fue reconocer como verdad única que el puntaje 9075 fue “logrado”; sin embargo, no fue como resultado de un concurso de méritos para que afirme ”logro”; máxime, si se le nombró “operador de planillas”; empero, al no cumplir las condiciones, se solicitó su cambio; por lo tanto, resultó ilógico que se mantenga con el mismo puntaje; incurriendo en incongruencia, al afirmar que el demandante “logro” un determinado puntaje, sin que respalde con prueba o norma legal para afirmar el referido logro.

4.- Recordó a la Universidad que, en materia laboral la carga de la prueba correspondía a la institución y con bastante sabiduría, el Tribunal de alza, consideró que los memorándums son pruebas irrefutables; consecuentemente, han sido debidamente valorados.