Auto Supremo AS/0502/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0502/2021-RA

Fecha: 16-Ago-2021

admisible

Respecto al Auto Supremo 336 de 13 de junio de 2011, este está referido a la revalorización; y el aspecto contradictorio, radicaría en que el Tribunal de alzada a momento de responder a los fundamentos del agravio, ejerció afirmaciones y conclusiones que no se encuentran esgrimidos en la Sentencia, incurriendo en revalorización de los hechos y de los testigos de cargo, contradiciendo la línea jurisprudencial desarrollada para el caso y explicando cuál la contradicción que existe en su planteamiento entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado; en consecuencia se advierte que las recurrentes al fundamentar su recurso cumplieron con los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP; por lo que, deviene en admisible el motivo denunciado, únicamente respecto a éste precedente.

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Narda Orquídea Iriarte Barrios y Narda Lourdes Barrios Arandia, de fs. 219 a 238, únicamente para el análisis del segundo motivo; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.