Auto Supremo AS/0531/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0531/2021-RA

Fecha: 16-Ago-2021

III.5

III.5 Se refiere como cuarto motivo casacional, que se vulneró la continuidad del juicio oral, conforme las previsiones legales de los arts. 329, 334, 335 y 336 CPP.

Se invoca el Auto Supremo 28/2014-RRC, se limita a la simple cita del precedente, sin sustentar de modo alguno cuál la contradicción que considera existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente citado, menos se cumple con la formulación de cuál la aplicación que se pretende, incumpliéndose las previsiones legales descritas en los arts. 416 y 417 CPP, determinando la inadmisibilidad del motivo.

Finalmente, si bien el recurrente hace alusión de manera escueta a la vulneración del debido proceso, seguridad jurídica y continuidad; empero, no fundamenta de forma clara y precisa de qué manera se ha restringido o disminuido tales derechos y principios, menos explica el resultado dañoso del presunto defecto, incumpliendo también los requisitos de flexibilización establecidos por este Tribunal para que vía excepcionalidad pueda ingresarse al fondo; aspectos que, no pueden ser suplidos de oficio en salvaguarda del principio de imparcialidad que debe regir la actuación de este Tribunal.