POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 249 a 253 de obrados, interpuesto por Fabián Cristian Rivero Solíz en representación de la Aduana Nacional; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 63/2021 de 23 de marzo de 2021, de fs. 242 a 247 vlta., emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija y con fundamento propio, se dispone que el Juez de instancia, decline competencia ante la Sala Especializada en Materia Contenciosa y Contenciosa Administrativa de turno del TSJ, conforme a lo fundamentado y motivado en la presente resolución.
Sin costas ni costos en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 511
- Sucre, 16 de septiembre de 2021
- Expediente : 293/2021
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia:
- PROBADA
- Auto de Vista:
- ANULÓ
- II.- RECURSO DE CASACIÓN, RESPUESTA Y ADMISIÓN:
- Argumentos del recurso de casación:
- 1)
- 2)
- 3)
- Petitorio:
- Contestación al recurso:
- Dispuesto el traslado del recurso de casación, mediante decreto de 22 de abril de 2021 a fs. 254; la entidad demandada no contestó a la misma, correspondiendo pasar a resolver el caso:
- . FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Doctrina aplicable al caso:
- Tribunal Administrativo
- POR TANTO:
