Auto Supremo AS/0042/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0042/2022

Fecha: 22-Feb-2022

Indicó que el mal pretendido recurso sin fundamento, no especificó en el fondo o en la forma los agravios cometidos por la Sala Social Administrativa, Contencioso, Contenciosa Administrativa y Tributario No. 1 del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y lo peor es que se vierten acusaciones de carácter penal, afirmando que su persona, con este pretendido proceso laboral, quiere ocultar un enriquecimiento ilícito, obtenido a través de la empresa IMPORCAST SRL, acusaciones que son graves, las que en su momento, hará que se le pruebe mediante el respectivo proceso Penal o el que corresponda, toda vez que dan por hecho, que su persona sea un delincuente, siendo de conocimiento de los demandados, que su persona, ayudó a su padre, en el manejo y emprendimiento de la empresa IMPORCAST SRL para que hoy día los demandados gocen de esta empresa, lastimosamente el papel aguanta todo y la verdad saldrá a la luz, toda vez que es un profesional idóneo y no tiene ningún problema, en su vida particular y actividad profesional.

Mediante este infundado recurso, pretenden hacer creer que el Tribunal de Apelación, no valoró las pruebas presentadas por la parte demandada, cuando ésta no aportó al expediente, ninguna prueba que demuestren, que no le corresponde sus beneficios sociales, al contrario, la Sala social, valoró las pruebas y mediante el Auto de Vista de fecha 14 de Junio de 2021, REVOCO parcialmente la Sentencia de 23/10/2020, ordenando se incorpore el pago del Desahucio, en el entendido que la parte demandada no presentó pruebas alguna que justifiquen que no le corresponde ese derecho; es decir, este Tribunal, haciendo una correcta apreciación, corrigió la mala interpretación que hizo la Juez de primera instancia, de forma contradictoria, al afirmar que su despido fue justificado, alegando la existencia de indicios de responsabilidad, cuando ejercía funciones en IMPORCAST SRL; pero sin embargo, ordenó se le pague la indemnización por los años trabajadores, aspecto incongruente de la Sentencia, siendo que un despido justificado, no da derechos a los beneficios sociales, con este argumento mal enfocado la parte demandada quiere justificar que la Sala dictó un fallo sin la valoración respectiva.

Por lo que en definitiva pidió se rechace el recurso de casación por su inconsistencia.

Admisión.

Por Auto de 14 de octubre de 2021, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación, que se pasa a resolver, de la siguiente manera: