Auto Supremo AS/0078/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2022

Fecha: 09-Mar-2022

DEPÓSITO JUDICIAL N° 0000872, CARTA A JEFATURA DEPARTAMENTAL DE TRABAJO, CONVENIO, CHEQUE NRO. 0008995, COMPROBANTE DE EGRESO PARA CHEQUE NRO. 0008995, BOLETA DE PAGO, PLANILLA DE PAGO DE SEGUNDO AGUINALDO Y DECLARACION JURADA

Al efecto, para ver si la causal que se atribuye resulta apegada al principio de verdad material, de la examinación del escrito de fs. 139 a 147 en su punto I.1.2.6, se advierte que se hace mención a “DEPÓSITO JUDICIAL N° 0000872, CARTA A JEFATURA DEPARTAMENTAL DE TRABAJO, CONVENIO, CHEQUE NRO. 0008995, COMPROBANTE DE EGRESO PARA CHEQUE NRO. 0008995, BOLETA DE PAGO, PLANILLA DE PAGO DE SEGUNDO AGUINALDO Y DECLARACION JURADA” (sic); sin embargo, en el escrito de apelación, la ahora recurrente menciona “…en el mes de mayo de 2019 (posterior al periodo de prueba) se concretó la adquisición de productos nacionales de la empresa JOFRASA, habiendo procedido con el abono de pago en cuenta en fecha 08 de mayo de 2019 (…) conforme el Art. 152 del CPT, adjunto copia del pago de planilla del 15%, que fue posterior a la clausura del término probatorio de primera instancia, señalando de manera expresa que los originales se encuentran en archivos de la Empresa JOFRASA, pidiendo, bajo el amparo de lo previsto por el art. 152 se emita oficio a la empresa JOFRASA para que informe:

-La fecha de pago de la adquisición de productos para el segundo aguinaldo.

-La Nómina de los beneficiarios de la Empresa SOCIEDAD HOTELERA PARADOR SANTA MARIA LA REAL S.R.L. del segundo aguinaldo” (sic).