Auto Supremo AS/0151/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2022

Fecha: 16-Mar-2022

no modificaron el régimen de la prescripción de los aportes devengados, instituido en el art. 4 del DS Nº 25809, sólo aclararon las fechas de corte y la liquidación de dichos Entes Gestores

Estas normas, no modificaron el régimen de la prescripción de los aportes devengados, instituido en el art. 4 del DS Nº 25809, sólo aclararon las fechas de corte y la liquidación de dichos Entes Gestores y no modificaron el régimen de la prescripción; puesto que, sólo se dispuso al SENASIR, la facultad de fiscalización, revisión y liquidación de los aportes devengados, pudiendo las empresas o entidades deudoras, cancelar los aportes hasta el 30 de abril de 1997, asimismo a partir de la fecha se dispuso un nuevo régimen de aportes al Seguro Social a Largo Plazo.

Por otra parte, el entendimiento descrito por el SENASIR en su recurso que, el termino de prescripción se computan desde mayo/1982 hasta abril/1997, no tiene asidero legal.