CONTENIDO ADICIONAL
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 195-1
Sucre, 15 de junio de 2023
Expediente : 678/2021-S
Demandante : Óscar Antonio De La Fuente Amelunge y otros
Demandado : Cervecería Boliviana Nacional SA
Proceso : Derechos Laborales y Colaterales
Departamento : La Paz
Primer Relator : Magistrado José Antonio Revilla Martínez
Segundo Relator : Magistrado Esteban Miranda Terán
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 1933 a 1935, promovidos por María Eugenia Castillo Ordóñez Vda. de Pescador, en representación de la sucesión hereditaria de Francisco Xavier Pescador Sarget; de fs. 1936 a 1941, promovido por Óscar Antonio De La Fuente Amelunge y el de fs. 1944 a 1951, deducido por la Cervecería Boliviana Nacional (CBN) SA, representada por Juan José Illanes Villacorta y Boris Bustillos, impugnando el Auto de Vista N° 051/2021 de 9 de febrero, de fs. 1920 a 1921, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral, seguido por Óscar Antonio De La Fuente Amelunge, María Eugenia Castillo Vda. de Pescador y Federico Ruck Uriburu Pinto, contra la Cervecería Boliviana Nacional SA; el Auto N° 491/2021 de 29 de octubre, de fs. 1954, que concedió los recursos; el Auto de 24 de noviembre de 2021, de fs. 1962, que admitió los recursos; el Auto Supremo 106 de 22 de febrero de 2022 de fs. 1964 a 1972, que declaró INFUNDADOS los recursos de casación, la Resolución Constitucional N° 302/2022 de 15 de noviembre de fs. 1990 que dejó sin efecto dicho Auto Supremo; y todo cuanto fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Encabezado
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- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- 5. El Auto Supremo N° 106, no contiene fundamento ni motivación respecto de la diferencia entre CBN Santa Cruz y CBN La Paz; en síntesis, que es carente de motivación, fundamentación y congruencia, dado que no se analizaron los antecedentes desde la
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y DOCTRINALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- 4.- La Resolución Constitucional N° 302/2022, en mérito a la cual se emite el presente Auto Supremo, dejó sin efecto el Auto Supremo N° 106 de 22 de febrero, a fin de que se emita un nuevo fallo determinado que no se trata de una demanda de beneficio
- POR TANTO
