POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 2.2 y 4 de la Ley 620 de 29 de diciembre de 2014 y 778 al 781 del Código de Procedimiento Civil y en virtud a la jurisdicción que por ellas se ejerce, se declara PROBADA en parte la demanda contenciosa administrativa de Ruddy Choque Villca de fs. 16 a 24; en consecuencia, se ANULA obrados administrativos hasta la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0593/2023 de 4 de agosto, disponiendo que se emita nueva Resolución resolviendo los aspectos de fondo interpuestos en el recurso de alzada y su contestación, analizando la prueba presentada y los antecedentes administrativos, respetando el debido proceso y cumpliendo los principios de oficialismo y verdad material.
Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos a este Tribunal por la autoridad demandante, previa las formalidades de rigor.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
- Encabezado
- I. VISTOS
- II. CONTENIDO DE LA DEMANDA
- III. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
- IV. APERSONAMIENTO DEL TERCERO INTERESADO
- V. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y PROCESALES
- VI. PROBLEMÁTICA PLANTEADA
- VII. FUNDAMENTOS LEGALES, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- VIII. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- POR TANTO
